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LEY ORGÃNICA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Art. 12.- Presentación de Informes.- Todas las instituciones públicas, personas jurÃdicas de derecho
público o privado y demás entes señalados en el artÃculo 1 de la presente Ley, a través de su titular o
representante legal, presentarán a la DefensorÃa del Pueblo, hasta el último dÃa laborable del mes de
marzo de cada año, un informe anual sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información
pública,que contendrá:
a) Información del perÃodo anterior sobre el cumplimiento de las obligaciones que le asigna esta Ley;
b) Detalle de las solicitudes de acceso a la información y el trámite dado a cada una de ellas; y,
c) Informe semestral actualizado sobre el listado Ãndice de información reservada.
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